Entre las principales obligaciones de los trabajadores, se encuentra la de registrar el comienzo y el fin de su jornada. Instaurada por el Real Decreto-ley 8/2019. Su objetivo es salvaguardar que se cumplan los horarios. Y además, que se eviten excesos y abusos horarios en el trabajo. garantizar el cumplimiento de los límites de jornada y evitar abusos laborales.
El control horario es competencia mutua del personal y la organización. Por un lado, el personal tiene que fichar de forma honesta y en su horario. Por otro lado la empresa debe supervisar que así sea y ofrecer un método de fichaje que cumpla con la legalidad. De no ser así, podría conllevar sanciones tanto para la empresa como para la persona trabajadora.
¿Cuál es el procedimiento correcto de fichaje de la jornada laboral?
Por el momento, y, a la vista de que la normativa cambie. Es recomendable que, la persona trabajadora, fiche mediante un sistema automatizado. Pues ofrece mucha más seguridad y garantías que uno no automatizado. Dicho sistema, debe permitir que la Inspección de Trabajo pueda acceder a los registros. Estos registros deben ser veraces y precisos. De tal forma que no den lugar a inconsistencias horarias.
Negarse a fichar, realizar el fichaje por otra persona o falsear el horario puede suponer una sanción.
¿Cuáles son las consecuencias de no fichar?
Si alguien se niega a fichar, la organización puede tomar medidas disciplinarias. Incluso, la persona podría perder derechos asociados al recuento de horas.
En caso de incumplimiento, la Inspección de Trabajo puede involucrarse. Debemos tomar conciencia de que el control horario es una obligación. Con ella, se procuran los derechos tanto de los empleados como de las organizaciones.
¿Puede el control horario transgredir derechos de intimidad o de desconexión digital?
Nunca deben ponerse en juego los derechos fundamentales de los empleados. Y mucho menos, acosta del registro horario. Tal y como queda recogido en la Ley Orgánica 3/2018 y el Estatuto de los Trabajadores.
Se prohíbe el uso de métodos invasivos, así como la exigencia de fichajes fuera de la jornada laboral. Salvo situaciones excepcionales justificadas. Los sistemas empleados deben ser mesurados y respetuosos con las normativas vigentes. Con especial atención en materia de seguridad y protección de datos.

Preguntas frecuentes sobre las obligaciones de los trabajadores respecto al control horario.
No. El registro horario es obligatorio también para el teletrabajo. La empresa debe proporcionar un sistema adaptado a esta modalidad.
Puedes comunicarlo al delegado sindical o a la Inspección de Trabajo. La empresa está obligada a implementarlo por ley.
Sí. Deben registrarse en el sistema, pues el descanso es obligatorio por regla general. Es un derecho laboral para proteger la salud.
Sí. Debes tener acceso a tus registros. Así podrás verificarlos y reclamar tus derechos en caso de error.
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