Sí, empleadas, pues, más del 95% de las personas empleadas en el hogar son mujeres. Esta figura, en muchos casos, es imprescindible, en hogares con niños o personas mayores que requieran un cuidado especializado. Con el fin de fortalecer las condiciones laborales de este colectivo, el pasado 19 de diciembre, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) emitió un fallo, que obliga a los empleadores domésticos a implementar un sistema de control horario para empleadas del hogar.
“Lo más importante de esta norma es la reformulación del control horario. Un registro horario que va a ser modificado y será propio del siglo XXI, digital e interoperable con control remoto y en el que la Inspección de Trabajo podrá conocer en tiempo real las jornadas que cualquier trabajador realiza. Esta es la gran medida estrella de la reducción de la jornada laboral”, afirmó Yolanda Díaz, en la primera vuelta del texto en Consejo de Ministros, en febrero de 2025.
Esta medida es crucial para asegurar que las horas de trabajo coincidan con lo pactado y que las trabajadoras del hogar puedan defender sus derechos en caso de despido. Hasta ahora, la excepción del control horario para empleadas del hogar, en la norma de registro horario obligatorio en España desde 2019, se justificaba por las dificultades de aplicación en este sector.
El fallo parte de la Directiva 2003/88/CE y del artículo 31.2 de la Carta de Derechos Fundamentales: sin control horario no hay forma objetiva de garantizar el descanso y evitar abusos. El Tribunal recuerda que el artículo 34.9 del Estatuto de los Trabajadores obliga a “garantizar el registro diario” y que el Real Decreto 1620/2011, regulador del empleo del hogar, jamás excluyó esa exigencia.
Con la introducción del registro horario, la jornada máxima se equiparará a la establecida en el Estatuto de los Trabajadores, es decir, 37.5 horas semanales.
Sin embargo, no hay cambios en lo referente a los tiempos de presencia:
«sin perjuicio de los tiempos de presencia, a disposición de la persona empleadora, que pudieran acordarse entre las partes».
El objetivo de la medida es asegurar que las empleadas del hogar gocen de los mismos derechos que el resto del personal asalariado.
A pesar de ello, la realidad es que, aunque la norma define detalladamente sus condiciones laborales, estas trabajadoras se encuentran en una situación de indefensión frente a sus empleadores cuando intentan defender sus derechos.
La legislación busca limitar las horas extra, que superan los tres millones, afectando especialmente a las empleadas del hogar, en particular a las internas. Estas trabajadoras no pueden realizar horas extras ni trabajar de noche (entre las 10 de la noche y las 6 de la mañana) y deben contar con un descanso mínimo de doce horas entre jornadas.

¿La clave? La carga de la prueba.
Si la empleada reclama horas extra y no existe ficha diaria, se presumirá su versión, tal y como ha ocurrido en el caso juzgado: la trabajadora acreditó un exceso de 39 horas semanales y el empleador deberá abonar más de 4.000 euros de salarios atrasados e intereses.
Cómo y cuándo debe llevarse el control horario para las empleadas en el hogar familiar sin complicarse demasiado.
El Ministerio ha optado por flexibilizar el registro horario en el ámbito del hogar, incorporando otras posibilidades más allá del digital, que era su aspiración inicial en términos generales, el registro de jornada de las empleadas domésticas podrá realizarse “por cualquier medio físico o digital que sea proporcionado a las capacidades y recursos con los que cuenten la persona empleadora y la persona trabajadora y que garantice el cumplimiento de dicha obligación de manera efectiva”.
La ley no impone un formato único: basta con que el sistema sea “fiable, accesible y no manipulable”.
¿Y qué opciones tiene un empleador que, a menudo, no cuenta con los recursos de una gran empresa?
- Hoja en papel firmada al inicio y al final de cada jornada.
- Plantilla Excel que se envía semanalmente por correo.
- Aplicación móvil gratuita con sellado de horarios.
Antes de elegir, pregúntate: ¿será un método de control horario cómodo para la empleada? ¿Podré conservar los registros durante cuatro años, como exige la norma?
Consecuencias de no presentar el registro horario ante una reclamación judicial o inspección de trabajo.
A falta de parte fichada, la Inspección puede proponer sanciones y los tribunales estimarán las horas alegadas por la trabajadora.
En otras palabras: el coste de “no fichar” puede superar con creces el de implantar un sistema sencillo.
Este será el mayor reto de la Inspección de Trabajo en el futuro: garantizar no solo su cumplimiento, sino su vigilancia.
Preguntas frecuentes de empleadores ante la nueva carga probatoria legal que establece la sentencia europea.
A continuación, mostramos algunas de las preguntas frecuentes sobre el registro horario para empleadas del hogar, para tratar de despejar las dudas más recurrentes:
¿Afecta también a contratos a tiempo parcial?
Sí, aunque el TJUE deja margen para excepciones nacionales, hoy por hoy el Ministerio de Trabajo exige registro en todos los casos.
¿Debe firmarse cada día?
La firma diaria evita impugnaciones, pero la guía oficial permite resúmenes semanales si ambas partes los aceptan.
¿Y si la trabajadora vive interna?
Se deben anotar las horas efectivas y diferenciar los tiempos de presencia o disponibilidad pactados.
¿Te interesa saber más?
Consulta la web de la Seguridad Social o acude a un asesor laboral antes de que llegue la inspección.
Registrar la jornada en el hogar deja de ser una recomendación para convertirse en obligación con responsabilidad económica directa. Adoptar cuanto antes un sistema sencillo, consensuarlo con la empleada y conservar los partes durante cuatro años son los pasos imprescindibles para evitar disputas futuras.
¿Aún te surgen dudas? En MHP llevamos desde 1995 innovando en el control horario, disponemos de varios métodos de fichaje que se adaptan a todo tipo de necesidades y circunstancias de las personas trabajadoras.
FUENTES: