Anteproyecto de Ley: Comunicado de MHP sobre Reducción de la Jornada Laboral.

Anotaciones y sugerencias en relación con el Anteproyecto de Ley de Reducción de la Jornada Laboral.

Consideraciones sobre el artículo 34 Bis que hace referencia al registro de la
jornada laboral y los servicios ofrecidos por MHP:

En el marco del nuevo artículo PREVISTO, 34 bis, que establece la
normativa relacionada con el control horario, se presentan las siguientes
consideraciones técnicas y recomendaciones específicas en relación
con los servicios ofrecidos por MHP:

Es fundamental garantizar que cada registro horario esté asociado
inequívocamente a la persona trabajadora.

Así pues, se recomienda implementar sistemas de identificación
robustos
:

  • La solución más eficiente es el uso de terminales biométricos, aunque también se puede optar por el DNI electrónico como alternativa.
  • Ambas opciones, son compatibles con el terminal TRD-4 proporcionado por MHP, asegurando una gestión segura y precisa del control horario. A tal fin, MHP dispone de las certificaciones de seguridad y protección de datos en su condición de encargado del tratamiento.
  • El dato biométrico es un dato especialmente protegido. Para su implementación, se requiere que el proveedor y toda su cadena de suministro cumpla con las debidas medidas de seguridad. Todo ello, para poder superar favorablemente una Evaluación de Impacto de Protección de Datos.

De acuerdo con la normativa prevista, es necesario registrar todos los
eventos que puedan impactar en el cómputo de la jornada laboral

efectiva, incluyendo tiempos de descanso y pausas.

Por lo tanto, se sugiere que el cliente realice un análisis exhaustivo de la
ubicación física de los terminales
dentro de las instalaciones. Deberá asegurarse de que estén estratégicamente distribuidos.

Por consiguiente, para que el registro horario sea efectivo, no basta con capturar los horarios de entrada y salida. También se deben registrar los períodos de descanso realizados dentro del centro de trabajo.

Se recomienda redactar y comunicar oficialmente una Política clara y
detallada sobre el registro horario, dirigida a todas las personas
trabajadoras.

Esta Política debe incluir:

  • Instrucciones precisas sobre el uso de los terminales de fichaje.

  • Los procedimientos para tramitar solicitudes a través de la plataforma Portal Horario.
  • Indicaciones generales para garantizar una correcta contabilización de los saldos efectivos de jornada, minimizando errores o incumplimientos.
Anteproyecto de Ley Reducción de la jornada laboral

Para facilitar la gestión personalizada de sus registros horarios y saldos, se
aconseja habilitar a todas las personas trabajadoras, el acceso al
Portal Horario.


Este Sistema, permitirá verificar sus fichajes y saldos de manera
autónoma. Además, facilitará la consulta de cualquier incumplimiento horario detectado, promoviendo así la transparencia y colaboración.


Esta funcionalidad, da cumplimiento a la exigencia contenida el artículo
34 bis (d de acceso inmediato por parte de las personas trabajadoras a
su registro de fichajes.

La aprobación del nuevo registro horario, hará necesaria una comunicación con la persona trabajadora de las medidas adoptadas, de la normativa y, en su caso, de los incumplimientos.

Además, es doctrina jurisprudencial, que aquellas conductas que se han permitido en la empresa y no se han reprochado con anterioridad, no pueden ser de repente, motivo de sanción.

Así, el uso de esta herramienta de comunicación dará cumplimiento a la exigencia de desconexión digital de la persona trabajadora, pues, no permitirá notificaciones fuera del horario laboral o descanso, permisos y vacaciones, así como en periodos de Incapacidad Temporal.

En relación con las demás obligaciones que el Anteproyecto de Ley contiene, relativas a la autenticidad, trazabilidad e interoperabilidad, le informamos que el servicio que le presta MHP siempre ha dado cumplimiento a las mismas de manera íntegra.

Este Anteproyecto de Ley también prevee una modificación de las
sanciones que podrán alcanzar hasta 10.000 euros por persona
trabajadora.

Por último, le invitamos, a que contacte con nuestro departamento
de consultoría
a fin de que el equipo de MHP pueda realizar las parametrizaciones oportunas.

De este modo, permitirán el acceso en remoto y tiempo real a los fichajes por parte de la Inspección de trabajo,y ajustarse asi, a la normativa laboral e interna que resulte de aplicación.

Desde MHP, queremos comunicarle que lo que ha sido aprobado por el
Consejo de Ministros, es un Anteproyecto de Ley, que puede sufrir
modificaciones hasta su posible aprobación y futura publicación en el BOE.

Fdo: Moisés Hernández

Responsable del Servicio.